22 de diciembre de 2023
Empresas de medicina prepaga comenzaron a
informar este viernes a sus asociados y asociadas aumentos del orden del 40 por
ciento en el valor de sus cuotas a partir de enero próximo, a la luz de las
decisiones contenidas en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 del
Gobierno nacional.
"Atento a la emergencia sanitaria
decretada por el Gobierno Nacional y contenida en el DNU Nro. 70/2023 publicado
en el Boletín Oficial el día 20 de diciembre del corriente, corresponde
informarle que a través del mismo se posibilita la recomposición de los precios
de los planes vigentes a los fines de cubrir los desfasajes de costos
producidos fundamentalmente en los últimos meses como consecuencia de diversos
factores", indica una comunicación de Swiss Medical distribuida este
viernes por la mañana.
Allí, se señala que, "se procederá a
incrementar el valor de las cuotas del mes de enero del 2024 en un 40 %
calculado sobre el valor de la cuota del mes de diciembre de 2023, prorrogando
la fecha de vencimiento de la cuota para el día 22 de enero 2024".
"En tal supuesto, dicho incremento
incluirá el que le fuese informado en el mes de noviembre próximo pasado",
agrega.
Del mismo modo, la prepaga Omint comunicó a
sus afiliados un aumento de 40,80% que se aplicará para las cuotas con
vencimiento en enero.
En la misma línea que Swiss Medical, la
empresa justificó los aumentos por los atrasos en los costos pero, al mismo
tiempo, citó en el mensaje al DNU al igual que la derogación del Decreto
743/2022 que establecía un tope de aumento para los afiliados con ingresos
menores a seis salarios mínimos.
El incremento -justificaron- se fundamenta en
la "importante devaluación del peso respecto al dólar transcurrida durante
el último mes que se reflejó en insumos, medicamentos y prótesis, entre otros;
el aumento paritario suscripto entre las Cámaras que representan a los
efectores y el sindicato que nuclea a los empleados de sanidad", y "el
gran desfasaje que se ha producido entre los aumentos de cuota autorizados por
el Índice de Costos de Salud y la inflación real reflejada entre otros
indicadores por el Índice de Precios al Consumidor".
Omint aclaró que "los valores de los
reintegros y copagos" también serán "adecuados en la misma
proporción". Al igual que Swiss Medical, la firma respaldó el aumento en
del DNU 70/23.
La
palabra de las prepagas
Este jueves, tras la publicación del DNU
70/2023 en el Boletín Oficial -cuyo contenido fue anunciado la noche del
miércoles por el presidente Javier Milei por cadena nacional- el presidente de
Swiss Medical Group, Claudio Belocopitt, señaló que el sistema de medicina
prepaga, como venía funcionando, "iba a chocar contra una montaña y recordó
que en enero entrará en vigencia un aumento de entre 40% y 50% para los
afiliados de prepagas.
"Los costos iban por el ascensor y las
actualizaciones (de las cuotas) por la escalera, lo que generaba un deterioro
descomunal. En la Unión Argentina de Salud (UAS) vamos a hacer una reunión en
las próximas horas donde nos vamos a juntar para, primero, definir prácticas
para salir de una situación que es extremadamente alarmante", señaló el
empresario.
Además, sostuvo que "el aumento promedio
de atraso para amortiguar parcialmente los impactos va a estar entre 40% y 50%
en enero" y consignó que "esa fórmula fue armada para una inflación
del 3% mensual y no para una del 25% o 30%" como sucede en la
actualidad".
El DNU 70/2023 introduce modificaciones al
marco regulatorio de la medicina prepaga, liberalizando los precios de sus
cuotas y permitiendo a los afiliados redireccionar de forma directa sus aportes
de salud a estas empresas.
Entre los considerandos del decreto se señala
que la liberalización de precios permitirá "aumentar la competitividad del
sistema".
La modificación a la Ley 26.682 -aprobada en
2011- le quita la potestad al Estado de "revisar los valores de las cuotas
y sus modificaciones" y elimina la comisión permanente que regulaba las
prepagas que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía,
al igual que el Consejo Permanente de Concertación que contaban con integrantes
ad-honorem de Salud, y entidades representativas de los usuarios y las
empresas.
También anula la obligación de las empresas de
transferir a los afiliados a otra empresa en el caso de quiebra.
Además de no poder regular los precios, la
autoridad de aplicación no tendrá capacidad de fijar los aranceles mínimos
obligatorios ni regular los modelos de contratos.
El único criterio que quedará vigente para las
cuotas de las prepagas es que haya una variación máxima de tres veces entre el
precio diferencial para los planes de la primera y la última franja etaria.
Hasta ahora, los aumentos debían ser
autorizados por el Estado en función de criterios de razonabilidad y de
variaciones de la estructura de costos de la firma: para ello, desde la
administración de Alberto Fernández, se utilizaba un Índice de Costos de Salud
que era publicado mensualmente por la Superintendencia de Servicios de Salud,
el cual sustituyó los aumentos discrecionales que autorizaba el Poder Ejecutivo
en los gobiernos anteriores.
Como referencia, ese índice había dado un
6,26% en noviembre último (que se usará para los aumentos autorizados en
enero), 11,51% en octubre, 10,98% en septiembre y 6,97% en agosto.
Además, el DNU elimina los topes de aumentos
-equivalente al 90% de la variación mensual del Índice de Remuneración
Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) - que regían desde
2022.
Estos topes regían para los trabajadores que
tenían ingresos netos mensuales equivalentes a seis veces el Salario Mínimo,
Vital y Móvil, que en la actualidad totalizan $ 936.000.
Por tanto, con el decreto, ya no habrá más
segmentación de cuotas por ingresos dentro del universo de más de 6 millones de
usuarios de la medicina prepaga.
FUENTE: TELAM
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