PUNTO DE VISTA

El Ministerio determinó que "ATE está habilitada para participar de la negociación colectiva"

08/11/2024

El gremio, en un comunicado de prensa, indica que Trabajo sacó una Resolución al respecto y le solicita ciertos requerimientos al gobierno Municipal.

Tandil, 8 de noviembre de 2024, A través de un dictamen emitido ayer, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires determinó que la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) se encuentra habilitada para participar en la negociación colectiva de las y los trabajadores municipales de Tandil.

Asimismo, insta al Municipio a "acompañar un listado claro y detallado de trabajadores, correctamente identificados por sindicato, con la aclaración de su situación de revista" y no un simple número representativo. Además, se solicita un listado de "todos los gremios que representan a los trabajadores en el Municipio y en todas sus áreas, detallando si cuentan con personería gremial, nómina de autoridades, domicilio, número de trabajadores cotizantes en cada gremio, federaciones a las que estén adheridos (si corresponde) y el porcentaje de afiliados de cada entidad gremial de primer y segundo grado en relación con el total de trabajadores"

Por otro lado, y como punto central del dictamen, el Ministerio de Trabajo Bonaerense, sostiene que no se ha podido demostrar que la Asociación de Trabajadores del Estado carezca de representación, basándose en la cantidad de afiliados informada por el Municipio y en la personería gremial que ostenta el sindicato. Este respaldo otorga a ATE la legalidad para participar con plena representación de la mesa paritaria de los trabajadores municipales de Tandil. "Por lo expuesto, y hasta tanto la documentación aportada por la entidad municipal no acredite de manera fehaciente la exclusión de ATE por incumplimiento de requisitos legales, dicha entidad sindical se encuentra habilitada para participar de la mesa de negociación colectiva. Asimismo, conforme a lo establecido en los artículos 42 de la Ley 10.149 y 7° del Anexo de la Ley 12.415, se deberá intimar nuevamente al Municipio a aportar la documentación mencionada anteriormente, bajo apercibimiento de considerar su conducta obstructiva a la labor de este organismo, en línea con lo dispuesto en los artículos 45 de la Ley 10.149 y 8° del Anexo de la Ley 12.415. Todo ello con la finalidad de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 52 de la Ley N° 14.656."

El dictamen, firmado por la Directora de Coordinación de la Negociación Colectiva Municipal del Ministerio de Trabajo Bonaerense, Macarena Kunkel Fioramonti, solicita la nómina de afiliados de todos los sindicatos, con el objetivo de definir el número de paritarios que integrarán las mesas de discusión salarial en adelante. A partir de este dictamen, se deberá establecer una lógica ordenada para definir la cantidad de representantes sindicales de cada gremio en la negociación colectiva del Municipio de Tandil y en el total de las discusiones que de ella se deriven.


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