7 de junio de 2021
La Cámara de Diputados comenzará hoy lunes a analizar el proyecto de ley que apunta a reducir las tarifas de gas en las denominadas zonas frías de la Argentina, que incluye provincias y municipios de la provincia de Buenos Aires, entre ellos Tandil, y pretende beneficiar a unos tres millones de usuarios.
Tras algunas demoras, finalmente empezará a analizarse. Vale recordar que la semana pasada desde la Legislatura indicaron que se estaba aguardando un dictamen conjunto de comisiones para que pueda ser votado por Diputados, situación que se esperaba para mediados de mayo.
El esquema de trabajo diseñado por el oficialismo comienza con un plenario por videoconferencia de las comisiones de Energía y Combustibles y de Presupuesto -que conducen los oficialistas Omar Félix y Carlos Heller-, en el que expondrá el interventor de Enargas, Federico Bernal y no se descarta que también lo haga la Defensora del Pueblo de nuestra ciudad, Paula Lafourcade.
En tanto, el miércoles está planeado otro plenario de comisiones para discutir y emitir dictamen favorable al proyecto de cara a la sesión que será convocada para el jueves, que en este caso se hará en forma presencial aunque con la posibilidad de que puedan participar en forma virtual aquellos miembros de los grupos de riesgo.
DETALLES SOBRE ZONA FRIA
El proyecto de ley establece que los descuentos en el valor del gas natural se aplicarán exclusivamente en el concepto que involucra al consumo, y no al costo fijo o los impuestos. Tampoco se incluyen cambios en las categorías residenciales.
En general, el beneficio será del 30% para todos los usuarios residenciales, aplicable en forma automática.
También establece un descuento del 50% para aquellas personas que perciban la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo; para quienes perciban ingresos mensuales brutos menores a tres salarios mínimos vitales y móviles, ya sean trabajadores en relación de dependencia o beneficiarios de pensiones no contributivas; monotributistas sociales; jubilados y pensionados.
A estos se sumarán monotributistas inscriptos en categorías cuyo ingreso anual mensualizado no supere en tres veces el salario mínimo, vital y móvil; a quienes perciban seguro de desempleo; electrodependientes; usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, y exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
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