25 de febrero de 2021
El gobierno nacional estableció la reapertura
de las salas de cine en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de
Buenos Aires, según dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.
Por medio de la Decisión Administrativa
133/2021, se establece el permiso para los cines de la Ciudad, que deberán
funcionar con un aforo del 30 por ciento de la sala.
En tanto, por medio de la Decisión
Administrativa 145/2021, se indica que los cines de la provincia de Buenos
Aires podrán abrir con un aforo que "inicialmente no podrá superar el 50
por ciento por sala".
Ambas normativas están firmadas por el jefe de
Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
En tanto, por medio de la Decisión
Administrativa 145/2021, se indica que los cines de la provincia de Buenos
Aires podrán abrir con un aforo que "inicialmente no podrá superar el 50
por ciento por sala".
No obstante, el Ministerio de Producción,
Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires dictó una
norma a través de la cual estableció que, en una primera etapa, que comenzará
en marzo, las salas de cine del distrito podrás reabrir sus puertas con un
aforo del 30 por ciento.
De esta forma, tanto los cines porteños como
los bonaerenses volverán a abrir sus puertas con la posibilidad de usar de 3 de
cada 10 butacas en las salas.
En ambas se indica, por ejemplo, que "se
deberán revisar y adecuar las diferentes tareas fundamentales en base a turnos
rotativos de trabajo o cohortes de trabajadores para reducir el intercambio de
personas, y disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas
de prevención".
También, se deberá "mantener la distancia
interpersonal de al menos 1.5 metros" por lo cual "se deberán
configurar la cantidad de butacas libres que sean necesarias en todas las
direcciones".
"Dentro de cada una de las salas de cine
la ocupación de butacas contiguas por grupos de convivientes no podrán ser
superiores a seis personas y estarán conformadas por butacas contiguas",
señala.
"No se permitirá el desplazamiento de
público durante el espectáculo", indica la norma y agrega la necesidad del
"uso de tapabocas, no llevarse las manos a la cara, desinfectar con jabón,
detergente y/o alcohol los objetos que se usan con frecuencia, así como controlar
la temperatura de los trabajadores previo a la entrada al establecimiento, la
cual debe ser menor de 37.5ºC".
En tanto, los empleados "deberán contar
con un espacio de guardado de los efectos personales que no deban ser
utilizados necesariamente para la prestación laboral". "En su defecto
deberán mantenerse colgadas y no apoyadas en el piso", completa la norma.
"Se deberá mantener el ambiente laboral
bien ventilado" y "dentro de cada establecimiento cinematográfico se
deberá realizar una marcación sobre el piso y/o utilizando otros elementos
identificatorios a fin de indicar a cada asistente la debida distancia que debe
respetar", establecen las disposiciones que quedaron oficializadas hoy.
Al ingresar al complejo, los/as asistentes del
público deberán mostrar la declaración jurada de salud vigente (mediante
formulario online, o sistema equivalente) y se deberá Instalar de forma visible
en las áreas públicas dispensadores de alcohol en gel o solución de alcohol al
70 %.
Asimismo, se deberá Incentivar en el público
asistente el uso de medios digitales de compra y pago tanto para las entradas
como para los productos comestibles a fin de minimizar la manipulación de
dinero, y se deberá tener en cuenta espacios disponibles para la espera y en
caso de haber personas pertenecientes a los grupos de riesgos a la espera de su
turno, se les deberá dar prioridad de ingreso.
Por otra parte, se procederá a la desinfección
total de la sala antes del comienzo de la proyección y los lentes 3D serán
limpiados y desinfectados por el personal de los cines después de cada uso.
Se permite el servicio gastronómico y de Candy
Bar, el cual deberá adecuar su funcionamiento a lo establecido en los
protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.
En el caso de que una persona con discapacidad
requiere asistencia, se deberá contemplar y flexibilizar las medidas adoptadas,
en la medida de lo posible y siempre que la actividad lo permita para
garantizar su plena participación.
FUENTE: TELAM
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