30 de enero de 2021
El Gobierno oficializó este sábado la extensión
del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (Dispo) hasta el 28 de
febrero en una medida que pone el foco en la priorización del retorno a las
clases presenciales en todas las provincias.
El Decreto 67/2021 extiende en todo el país el
distanciamiento desde el 1º de febrero hasta el 28 del mismo mes, y establece
en su artículo 24°, que "podrán reanudarse las clases presenciales y las
actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de
evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo
epidemiológico".
La reanudación de las clases en cada
jurisdicción será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
La decisión, que había sido anticipada por
fuentes oficiales, lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de los
ministros que componen el Gabinete nacional.
Las
clases presenciales
El decreto indica que en todos los casos se
deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las
autoridades correspondientes, tal como lo precisó el viernes en una entrevista
radial el ministro de Educación, Nicolás Trotta.
El funcionario aseguró que el retorno a la
presencialidad segura en los establecimientos educativos se realizará "en
un trabajo coordinado y conjunto con todos los gobernadores del país".
En tanto, la norma reafirma que "la
reanudación en cada jurisdicción será decidida por las autoridades provinciales
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda".
En cada jurisdicción a su vez "se podrán
suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación
epidemiológica".
Las autoridades nacionales dispusieron que
"en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de
personas, a fin de mitigar la propagación del virus, se deberán implementar
políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos
educativos con modalidades presenciales".
Asimismo, "el personal directivo, docente
y no docente y los alumnos -y su acompañante en su caso-, que asistan a clases
presenciales y a actividades educativas no escolares que se hubieran reanudado,
quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte
de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional".
Por otra parte, las autoridades nacionales
dispusieron que se podrán dictar las normas reglamentarias para limitar la
circulación por horarios o por zonas.
Las
actividades
En tanto, solo podrán realizarse actividades
económicas, industriales, comerciales o de servicios en espacios cerradas a un
50 por ciento de su superficie.
En el Área Metropolitana de Buenos Aires
(AMBA) el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los
establecimientos dedicados a la actividad gastronómica será de un máximo del
30%, en relación con la capacidad máxima habilitada.
Respecto de las actividades artísticas y
deportivas, solo podrán realizarse siempre y cuando que no impliquen una
concurrencia superior a 10 personas en los lugares cerrados.
Por otra parte, continúa la modalidad de las
reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas
"mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen
tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos y a las
recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias".
FUENTE: SILVINA CAPUTO / TELAM
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