13 de enero de 2021
La ley de aborto legal quedará promulgada en
Argentina el jueves próximo, durante un acto que encabezará el presidente
Alberto Fernández en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada y con el que
el Gobierno buscará resaltar el peso histórico de una norma que amplía los
derechos de las mujeres, garantiza su atención en el sistema de salud y pone
fin a una legislación vigente desde 1921.
Fuentes oficiales confirmaron que la
ceremonia, prevista para las 18.30, reunirá a referentes de los colectivos que
reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto,
legisladores nacionales y a la mayoría de los funcionarios del Gabinete
nacional, entre ellos, la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth
Gómez Alcorta, con un rol clave en la motorización de la iniciativa del Poder
Ejecutivo.
La
ceremonia, prevista para las 18.30, reunirá a referentes de los colectivos que
reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto, legisladores
nacionales y a la mayoría de los funcionarios del gabinete
Impulsada por el Presidente -incluso desde
antes de asumir el Gobierno-, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue
convertida en ley por la cámara alta el 30 de diciembre pasado, con el voto
favorable de 39 senadores y el rechazo de otros 29.
Ese día, Argentina se convirtió en uno de los
primeros países de América Latina en disponer de una legislación de este tipo y
se sumó a una lista de 66 naciones del mundo que permiten el aborto,
mayoritariamente ubicadas en el hemisferio norte.
En el acto del jueves, el jefe de Estado
también promulgará la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud
durante el Embarazo y la Primera Infancia -conocida como el Plan de los 1.000
días- que recibió un apoyo unánime en el Senado cuando la sancionó, también el
30 de diciembre último, poco después de haber votado el aborto legal.
Hasta ese día, Argentina contaba con una ley
casi centenaria que exponía a las mujeres que acudían al aborto a una condena
de cárcel y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de
violación o de peligro de vida para la persona gestante.
Ahora, las mujeres podrán interrumpir un
embarazo hasta la semana 14 sin temor a ser penalizadas y el sistema de salud
pública deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.
En tanto, el plan de los 1000 días establece
una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de
una Asignación Universal por Hijo -una vez por año- para ayudar al cuidado de
cada niño o niña menor de tres años.
El objetivo apunta a afianzar el "derecho
a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad" para las
"niñas y los niños con necesidad de cuidados especiales en sus primeros
años, personas que cursen embarazos de alto riesgo o padezcan trombofilia,
mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de
género y niñas y adolescentes embarazadas.
El 30 de diciembre pasado la legalización del
aborto fue recibida con júbilo y festejos en las calles, especialmente de los
colectivos de mujeres de todo el país, tras años y décadas de buscar sin éxito
el debate y luego de una larga vigilia de madrugada alrededor del Congreso
Nacional y en plazas de las provincias, con los característicos pañuelos
verdes.
La ley entrará en vigencia nueve días después
de su publicación en el Boletín Oficial.
"Celebro que ya estemos a punto de poner
en marcha esta ley que le da derecho a decidir a las mujeres y diversidades;
respeto a quienes no están de acuerdo, pero considero que este es un gran
avance para la Argentina", reflexionó la presidenta de la Banca de la Mujer
en el Senado, Norma Durango (Frente de Todos), quien avisó que no participará
del acto del jueves por ser persona de riesgo en pandemia de coronavirus.
La IVE tiene como eje central la consagración
del "derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género a
decidir la interrupción del embarazo" en los servicios del sistema de
salud "en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su
requerimiento".
Establece que el aborto "se permitirá
hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional", que fuera de ese
plazo "sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en
peligro la vida o la salud integral de la persona gestante".
La norma avala también el derecho a ejercer la
"objeción de conciencia" del profesional de salud que deba intervenir
de manera directa en la interrupción del embarazo.
"Los centros de salud privados o de
seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a
causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un
lugar, de similares características, donde se realice la prestación",
señala el texto.
(FUENTE: TELAM)
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