PROVINCIA DE BUENOS AIRES
21/11/2020
Las solicitudes de ingreso de los veraneantes se realizarán a través de Internet y deberán ser aprobadas por el municipio de destino.
La provincia de Buenos Aires dispuso que el
"Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-2019" será
obligatorio para aquellas personas que quieran vacacionar en territorio
bonaerense durante la temporada de verano 2020-2021, según la Resolución 110
publicada hoy en el Boletín Oficial provincial.
El certificado deberá tramitarse con una
antelación no menor a los cinco días corridos en el
sitio web https://www.argentina.gob.ar/circular.
Cada
municipio deberá validar las
solicitudes de quienes tengan como destino turístico su distrito, en un plazo
máximo de 48 horas desde la fecha del pedido.
Los municipios en los cuales se permita el
desarrollo del turismo en el marco de la pandemia de coronavirus, deberán
informar a Jefatura de Gabinete y al Ministerio de Producción
Ciencia e Innovación
Tecnológica esa autorización, mediante nota suscripta por el intendente.
En tanto, se aprobó la "Guía de
Recomendaciones y Buenas Prácticas Turísticas" para el cumplimiento de las
normas sanitarias impuestas por Provincia y Nación, con lineamientos
preventivos tanto para municipios como para el sector privado y la población
en general.
Envia tu comentario
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento sera eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptacion del Reglamento
SEMÁFORO AMARILLO
2008 - 2024 © www.eldiariodetandil.com | Todos los derechos reservados